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Secretaría del Ayuntamiento |
| VISIÓN |
Ser una institución que actué de manera recta, honesta y transparente bajo los principios de eficiencia, y eficacia; reconocida por la calidad de la atención que presta a las necesidades de los distintos sectores del municipio, a través de la aplicación de la normatividad que rige la vida del municipio.
MISIÓN
Ser una instancia de orden sistemático, regulatorio, político que proporcione a la ciudadanía un gobierno eficiente, de calidad, sensible y transparente logrando el estado de derecho a través del ejercicio de sus facultades dentro del marco de legalidad, involucrando a la comunidad en una participación activa y organizada. |
| ATRIBUCIONES |
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Artículo 34. El Secretario del Ayuntamiento tendrá, además de las facultades y obligaciones contenidas en el artículo 52 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, las siguientes:
I. Remitir al Periódico Oficial los reglamentos y acuerdos que deban publicarse;
II. Llevar el registro de autógrafos de los servidores públicos municipales y legalizar la firma de los mismos;
III. Instrumentar, conjuntamente con el Presidente Municipal, los asuntos políticos del Municipio;
IV. Llevar los libros y registros de actividades municipales que le corresponda;
V. Dar a conocer a todas las dependencias del Ayuntamiento los acuerdos tomados por el Cabildo y las decisiones del Presidente Municipal;
VI. Organizar, dirigir y controlar, apoyado por la Oficialía Mayor, el archivo municipal y la correspondencia oficial;
VII. Supervisar el funcionamiento de la Junta Municipal de Reclutamiento;
VIII. Supervisar que el titular de la Coordinación Calificación de Infracciones, cumpla con sus funciones de manera eficaz, eficiente y dentro del marco normativo municipal;
IX. Supervisar que el Tribunal de Barandilla cumpla con sus funciones de manera eficiente, eficaz y dentro del marco normativo municipal;
X. Mantener informado al Presidente Municipal en materia de censos nacionales y asuntos electorales, así como, representarlo en eventos de esa naturaleza;
XI. Programar, coordinar y atender lo relativo a las sesiones del Cabildo;
XII. Representar al Presidente Municipal en actos cívicos, en sus ausencias;
XIII. Coordinarse con los Ciudadanos Regidores para la atención de los asuntos que competen a sus comisiones;
XIV. Coordinar y supervisar el cumplimiento de las acciones políticas y administrativas que dicte el Presidente Municipal;
XV. Coordinar, conjuntamente con la Oficialía Mayor, los trabajos tendientes a crear la nueva estructura político administrativa del Gobierno Municipal, atendiendo las directrices del Presidente, procurando la capacitación y mejoramiento de los cuadros administrativos y de seguridad pública y exigir el cumplimiento de los programas respectivos, de superación personal y administrativa, conforme a las disposiciones reglamentarias que sobre el particular se expidan;
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XVI. Suscribir, conjuntamente con el Presidente Municipal, los nombramientos expedidos por el Ayuntamiento y la expedición de títulos de propiedad;
XVII. Supervisar y exigir el cumplimiento de los ordenamientos municipales, a efecto de que las autorizaciones o permisos se utilicen en los términos concedidos;
XVIII. Coordinar la tramitación de las categorías políticas de los centros poblados del Municipio, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, así como lo relativo a la fijación y preservación de los límites de los mismos;
XIX. Dar fe de los actos en que participe el Ayuntamiento o el Presidente Municipal;
XX. Evaluar en forma periódica la calidad del desempeño de las diversas dependencias administrativas a su cargo;
XXI. Compilar y definir todas las disposiciones jurídicas que tengan vigencia en el Municipio, mantenerlas actualizadas y vigilar su aplicación;
XXII. Fijar lineamientos y estrategias para el mejor desempeño de la Coordinación de Enlace de Acceso a la Información Pública;
XXIII. Coordinar, para el mejor desarrollo de las facultades y obligaciones de los directores de Normatividad y Actualización Legislativa, Dictaminación y Análisis Jurídico y de Asuntos de Cabildo las estrategias, acciones y políticas internas de las funciones que atañen en esas materias a la Secretaría;
XXIV. Coordinar la actualización, adecuación y expedición de los reglamentos municipales, conjuntamente con la Dirección de Normatividad y Actualización Legislativa, y
XXV. Las demás que establezcan las leyes, reglamentos y acuerdos del Cabildo y las que le confiera el Presidente Municipal. |
| Áreas de la Secretaría del H. Ayuntamiento |
A) Dirección de Normatividad y Actualización Legislativa.
a) Departamento de Proyectos y Compilación Legislativa.
B) Dirección de Dictaminación y Análisis Jurídicos.
a) Departamento de Proyectos y Dictámenes.
C) Dirección de Asuntos de Cabildo.
a) Departamento de Seguimiento y Ejecución de Acuerdos.
D) Junta Municipal de Reclutamiento.
E) Coordinación de Enlace de Acceso a la Información Pública.
a) Departamento de Seguimiento.
F) Coordinación del Tribunal de Barandilla.
G) Unidad de Inspección y Vigilancia.
H) Coordinación de Calificación de Infracciones de Tránsito. |
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